Resumen: En la demanda se reclama la acumulación del crédito horario sindical del delegado sindical en la empresa no disfrutadas durante un semestre natural al semestre natural siguiente. La sentencia el Juzgado de lo Social estima la demanda. La Sala, al analizar el recurso de suplicación de la empresa demandada, concluye que la mera actuación empresarial de haber permitido la acumulación del crédito sindical en los términos solicitados en la demanda y su cambio de actitud no justificado, ante la falta de dicha justificación , evidencia que se ha producido la vulneración denunciada y confirma la sentencia recurrida.
